Rendición de cuentas

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El documento Conpes 3654 define la rendición de cuentas como ‘la obligación de un actor de informar y explicar sus acciones a otro(s) que tiene el derecho de exigirla, debido a la presencia de una relación de poder, y la posibilidad de imponer algún tipo de sanción por un comportamiento inadecuado o de premiar un comportamiento destacado.’

Agrega que ‘Es por esto que la rendición de cuentas presupone, pero también fortalece, la transparencia del sector público, el concepto de responsabilidad de los gobernantes y servidores y el acceso a la información como requisitos básicos. 
Adicionalmente, la rendición de cuentas es una expresión del control social, por cuanto éste último comprende acciones de petición de información y explicaciones, así como la evaluación de la gestión y la incidencia de la ciudadanía para que esta se ajuste a sus requerimientos.’

Entre tanto, el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) y la Contraloría General de la Nación, asumen la Rendición de Cuentas como ‘el deber que tienen las autoridades de la  administración pública de responder públicamente, ante las exigencias que haga la ciudadanía, por el manejo de los recursos, las decisiones y la gestión realizada en ejercicio del poder que les ha sido delegado.’

A continuación ACUAVALLE S.A ESP, presenta los informes de rendición de cuentas: